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Ley de Alivio Fiscal 27.676 Para Monotributistas y Autónomos

Dado los aumentos de los precios sostenidos y a los fines de bajarle la carga fiscal a los trabajadores independientes se promulgo la ley de Alivio Fiscal en la cual consiste en los siguientes beneficios:


1- Los contribuyentes monotributistas de las categorías “A” y “B” no deberán abonar el componente impositivo siempre y cuando no obtengan ingresos de Cargos Públicos, Trabajadores en relación de dependencia, jubilaciones o pensiones, locación de bienes muebles o inmuebles
2- Se extiende el plazo para la recategorizacion del monotributo al 29/07 y para el pago de la obligación mensual al 27/07
3- El aumento para cada categoría se realiza en un 60,53% para las Categorías “A” y “B”, un 44,82 % para la “C” y en un 29,12% para el resto de las categorías teniendo en cuenta únicamente la facturación y no así el resto de los parámetros (consumo de energía, alquiler, etc)
4- Para los autónomos el beneficio consiste en un incremento de la deducción especial de Ganancias en 2,5 ( quedaría en $1.136.541,78) y en 3 veces para los nuevos profesionales

  • Para cualquier consulta no dude en comunicarse y busque a un profesional matriculado que lo assore para esta recategoriacion vigente

Cr. Sergio Dominguez

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